Plan de Facilidades de Pago. Régimen Opcional Especial de Normalización Fiscal. Deudas devengadas hasta el 31/12/2018. Reglamentación.
Se reglamenta el régimen opcional especial de normalización fiscal para deudas devengadas hasta el 31/12/2018 -Decreto (MEHF) 4.649/2018 y 4.653/2018- (ver nuestro Tax Report N° 133 del mes de enero de 2019).
En este sentido, se podrán considerar, al determinar la deuda a regularizar, las multas e intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de suscripción del acogimiento, sin perjuicio de las quitas o reducciones que sobre los accesorios se efectúen, conforme la modalidad de pago elegida por el contribuyente.
Asimismo, se aclara que, en caso de tener deudas a regularizar por varios tributos, se deberá confeccionar un plan por cada uno de ellos.
Por último, se establece que el importe mínimo de cada cuota será considerado individualmente para cada plan.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia desde el 14/03/2019 y son de aplicación a partir del 28/03/2019.