Impuesto al Valor Agregado. Responsables Sustitutos del Exterior. Actividad teatral, conciertos y recitales musicales.
Se establece que no deberán actuar como responsables sustitutos de sujetos del exterior aquellos locatarios y/o prestatarios que destinen locaciones o prestaciones de servicios para operaciones referidas a espectáculos de carácter teatral, comprendidos en la Ley (PL) 24.800, o para contraprestaciones por el ingreso a conciertos o recitales musicales que correspondan exclusivamente al acceso a dicho evento.
Las disposiciones del presente decreto entran en vigencia y son de aplicación a partir del 22/03/2019.