Régimen de estabilidad fiscal. Prorroga. Modificación al Código Fiscal.
Se establece una prórroga hasta el 31/12/2022 para el régimen de estabilidad fiscal en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos correspondiente a las micro, pequeñas y medianas empresas. Cabe destacar que dicho plazo se extendía anteriormente hasta el 31/12/2020.
Por otra parte, se realizan modificaciones al Código Fiscal de la Provincia. Entre las mismas se destacan las siguientes:
Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
- Se incluyen como servicio digital a las operaciones realizadas con criptomonedas y los bancos digitales, las cuales están alcanzadas por el impuesto.
- Se deja de considerar al cambio de régimen de un contribuyente de convenio multilateral a directo, o viceversa, como evidencia que demuestre continuidad económica en los términos de cese total de actividades.
Impuesto de Sellos.
- Los créditos o financiaciones que se lleven a cabo mediante tarjetas de crédito o de compras, estarán alcanzados por el Impuesto de Sellos.
- Las siguientes operaciones estarán exentas del Impuesto de Sellos:
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- Las operaciones en cajas de ahorro, depósitos a plazo fijo, cuentas corrientes y demás cuentas a la vista que generen intereses.
- Las cédulas hipotecarias rurales.
- Canje de valores.
- Los documentos que instrumenten operaciones en divisas relacionadas con el comercio exterior.
- Las liquidaciones o facturas suscriptas por las partes, como así también los documentos que instrumenten la factura de crédito electrónica o la factura de crédito y todo acto vinculado a su trasmisión.
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Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia desde el 23/12/2020 y son de aplicación a partir del 01/01/2021.