Tucumán. Resolución General (DGR) 83/2020 – B.O.

Domicilio especial constituido. Asimilación con el domicilio fiscal electrónico.

 

Se dispone que el domicilio especial constituido por el contribuyente durante la primera intervención frente a la Autoridad de Aplicación será considerado el domicilio fiscal electrónico a través del cual se enviaran todas las notificaciones.

La disposición de la presente resolución entra en vigencia y es de aplicación a partir del 10/06/2020.