Régimen de información especial. Transporte de productos y mercaderías.
Se establece un Régimen de Información Especial para los productos y mercaderías que ingresen por cualquier medio de transporte a la Provincia, ya sea que se trate de cargas y entregas efectuadas a título de compraventa, permuta, dación en pago, consignación, muestras, remisión a depósitos, oficinas, corralones, remisiones entre fábricas, sucursales y similares.
En este sentido, se establece que todos los conductores de unidades de transporte de carga deberán detenerse en todos los puestos de control que se encuentren en los accesos a la provincia, a efectos de realizar el relevamiento de los datos del medio de transporte y de la documental que respalda el traslado, y de entregar al responsable del traslado el Formulario denominado “Declaración Jurada de Transporte de Carga”, en el cual deberá consignar, con carácter de declaración jurada, los datos relativos a la carga transportada, en la medida que los bienes tengan como destino el ámbito provincial.
Por último, cabe mencionar que el incumplimiento de la detención para el cumplimiento del presente régimen configurará una infracción a los deberes formales cuya multa será de $ 162.500.
Las disposiciones de la presente entran en vigencia y son de aplicación a partir del 01/04/2020.