Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Regímenes Generales y Especiales de Retención y Percepción. Unificación Normativa.
Se unifica en un solo cuerpo normativo, los Regímenes Generales y Especiales de Retención y Percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos de la Provincia.
Asimismo, se establece que las disposiciones contenidas en los Regímenes Especiales tendrán primacía sobre los Generales.
Cabe mencionar que estarán obligados a actuar como tales, aquellos contribuyentes que cumplen los requisitos estipulados en cada régimen, sin necesidad de notificación alguna, así como también aquellos considerados como contribuyentes/responsables de alto interés fiscal por la Dirección General de Rentas de la Provincia, quienes comenzarán a actuar como tales a partir del mes inmediato siguiente al de su notificación.
Por último, mencionamos que aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos para actuar como agentes, tendrán plazo para inscribirse hasta el 31 de enero, 31 de mayo y 30 de septiembre de cada año, según corresponda, debiendo comenzar a actuar a partir del 01 del mes siguiente al de dichas fechas, respectivamente.
La presente resolución entra en vigencia desde el 20/11/2018 y es de aplicación a partir del 01/02/2019.