Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias (SIRCREB). Contribuyentes locales. Ordenamiento y modificación.
Se establecen modificaciones al régimen especial de recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos por los importes acreditados en cuentas abiertas en entidades financieras (SIRCREB), aplicable a los contribuyentes locales.
Entre las modificaciones, se destaca que se incorporan las siguientes operaciones a las exclusiones del presente Régimen:
- Préstamos de cualquier naturaleza, otorgados por el Banco de la Provincia de Buenos Aires o alguna de las entidades financieras regidas por la ley de entidades financieras.
- Transferencias de fondos provenientes del exterior del país.
- Acreditaciones realizadas con el objeto de integrar aportes de capital, avalados por el acta de asamblea y plantilla de registro de asistencia a la misma, debidamente certificada.
- Las transferencias de fondos producto de la venta de inmuebles, cuando el vendedor no sea habitualista.
- Las transferencias de fondos producto de la venta de bienes registrables, cuando el vendedor no sea habitualista y se trata de una persona humana.
Por esto se establece que, ante recaudaciones erróneas o indebidas, en virtud de las exclusiones al presente Régimen de Recaudación, se deberá interponer, dependiendo del tipo de exclusión que resulte procedente, el reclamo ante la entidad bancaria o la página web de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires.
La presente norma entra en vigencia desde el 23/10/2018 y es de aplicación a partir del 01/11/2018.