Código Fiscal. Ley Impositiva. Modificaciones. Régimen de promoción industrial. Beneficios impositivos.
Se establece un Régimen de Promoción y Desarrollo Industrial, para Industrias que desarrollen actividades en la provincia de Entre Ríos, el cual será aplicable para el ejercicio 2018, sobre ciertos parámetros cumplidos durante el 2015, 2016 y 2017 en esta Provincia.
En cuanto a los beneficios, el contribuyente recibirá un Bono de Crédito Fiscal aplicable contra impuestos provinciales. A los fines del cálculo de dicho Bono se considerarán las inversiones realizadas, siempre que éste no exceda la carga tributaria que el fisco estime que tendrá el contribuyente durante el periodo fiscal 2018, calculándose en base a los niveles de actividad y alícuotas aplicables al periodo fiscal 2017.
En cuanto a la Ley Impositiva -Ley (PL) 9.622-, se agrega la actividad “Comercio mayorista de Medicamentos para uso humano” y se establecen alícuotas para las siguientes actividades:
- Comercio de bienes usados 6%;
- Agencias o representaciones comerciales 6% y;
- Productos agropecuarios destinados al sector primario 2,6%.
Respecto de la venta minorista y mayorista, se modificarán las alícuotas especiales en función de la categoría del contribuyente, siendo 3.5% para micro y pequeños contribuyentes siempre que hubieran pagado en termino sus obligaciones mensuales del año calendario inmediato anterior y no registrasen ajustes de fiscalización en los últimos 3 años calendarios, y 4% para medianos 1 y medianos 2, bajo las mismas condiciones mencionadas para los micro y pequeños contribuyentes.
Se excluye de lo dispuesto en el párrafo anterior a aquellos contribuyentes que al 01/03/2018 no tengan regularizadas sus deudas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
La presente ley entra en vigencia el 18/06/2018 y es de aplicación a partir del 01/01/2018.