Impuesto Sobre los Débitos y Créditos Bancarios. Fideicomisos para obras viales. Exención.
Se exime del Impuesto Sobre los Débitos y Créditos a las cuentas corrientes utilizadas en forma exclusiva para las operatorias propias del Fondo Fiduciario creado para el desarrollo de los proyectos de infraestructura vial y/o eliminación o reducción de peajes existentes.
La presente resolución entra en vigencia desde el 16/04/2018 y es de aplicación a partir del 17/04/2018.