Jujuy. Ley (PL) 6.053 – B.O.

Ley Impositiva. Alícuotas e importes mínimos. Modificaciones.

 

Se establecen las nuevas alícuotas, importes mínimos e importes fijos correspondientes, entre otros, a los Impuestos Sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos.

Con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, destacamos las siguientes modificaciones:

  • Se incrementa de $ 55.000.000 a $ 60.000.000 la base a partir de la cual la alícuota general del 3% aumentará al 3,50%.
  • Asimismo, se establecen alícuotas graduables del 3,50% al 4%, en caso de que los ingresos brutos del período fiscal anterior superen los $ 60.000.000 y $ 6.000.000.000 para determinadas actividades de comercialización al por mayor y por menor, reparación de automóviles y motocicletas.
  • Se fijan alícuotas especiales del 1,6% y 1,8% para la actividad de industrialización. Anteriormente, dichas alícuotas eran aplicables solo para los establecimientos industriales radicados en la Provincia.

La presente ley entra en vigencia desde el 20/12/2017 y es de aplicación a partir del 01/01/2018.