Código Fiscal. Modificaciones.
Se establece modificaciones al Código Fiscal vigente de la Provincia de San Juan.
Entre los cambios más significativos, mencionamos que no estarán gravados en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos los honorarios de directorios, consejos de vigilancia, otros de similar naturaleza, los ingresos en operaciones sobre acciones y la percepción de dividendos y revalúos.
Asimismo, se establece que para la actividad de comercialización de vehículos automotores y motovehículos nuevos, realizada por concesionarios y agencias oficiales de venta, la base imponible del Impuesto Sobre los Ingresos brutos estará constituida por diferencia entre los precios de compra y de venta.
La presente ley entra en vigencia desde el 27/12/2017 y es de aplicación a partir del 28/12/2017.