Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen general de retención. Operaciones financieras. Reglamentación.
Se reglamenta el régimen de retención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos sobre determinadas operaciones financieras incorporadas mediante la Resolución General (DGR) 4/2020.
Al respecto, se establece que los agentes obligados a actuar únicamente por estas operaciones no estarán obligados a inscribirse como tales a los efectos de declarar e ingresar los importes retenidos.
En este sentido, se deberá informar, por operación, los datos de los importes retenidos a través del formulario de declaración jurada F. 40 X Web, e ingresar los mismos dentro de los 15 días corridos siguientes al de la fecha de operación.
Las disposiciones de la presente norma entran en vigencia y son de aplicación a partir del 01/03/2020.