Ley impositiva 2020. Código Fiscal. Modificaciones.
Se establecen las nuevas alícuotas, importes fijos y valores mínimos correspondientes, entre otros, al Impuestos Sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos.
Entre las modificaciones más relevantes, se destacan las siguientes:
- Impuestos Sobre los Ingresos Brutos:
- La provincia no ha ratificado el Consenso Fiscal 2019 firmado el día 17/12/2019. Sin embargo, suspende el esquema de reducción de alícuotas dispuesto por el Consenso Fiscal 2017.
- Se suspende el incremento de alícuotas para todas las actividades, estableciéndose tres tramos de alícuotas diferenciales para cada actividad, en función a los ingresos obtenidos en el mes.
- Se establece un incremento de alícuota adicional del 45% para la comercialización de productos agrícola-ganaderos efectuada por cuenta propia por los acopiadores de esos productos -art. 178 del Código Tributario-, cuando obtengan ingresos superiores a $ 3.700.000.
- Se incrementan los mínimos especiales dispuestos para determinadas actividades o rubros.
- Impuestos de Sellos:
- Se incrementa el importe mínimo de cada instrumento alcanzado por el impuesto de $ 35 a $ 50.
- Se incrementan los importes de los actos, contratos y operaciones que abonen cuotas fijas.
Por último, cabe mencionar que se mantiene el sistema de incentivos por cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones del Impuesto Inmobiliario y a los Automotores.
Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia y son de aplicación a partir del 01/01/2020.