Río Negro. Ley (PL) 5.402 – B.O.

Ley Impositiva. Modificaciones.

 

Se disponen las alícuotas y los importes fijos a aplicar durante el período fiscal 2020, en relación
con los distintos tributos a cargo de la Provincia de Río Negro.

Respecto al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, se respeta la reducción de alícuotas establecida
en la Ley Impositiva 2018 (la misma establecía las alícuotas a aplicar hasta el 2022.

Por otra parte, se mantiene el programa de incentivo por cumplimiento fiscal, el cual otorga una
bonificación en el gravamen a contribuyentes, categorizados como PyME, que cumplan con
determinados requisitos (por ejemplo: tener actualizados los datos identificatorios, haber
presentado en tiempo y forma la última DJ del impuesto, tener regularizadas las DDJJ de los
últimos 5 años, etc.).

Para el presente periodo fiscal, las bonificaciones serán las siguientes:

  • Del 30%, para las actividades alcanzadas por una alícuota mayor al 4%.
  • Del 20%, para las actividades alcanzadas por una alícuota mayor al 3% y menor o igual
    al 4%.
  • Del 10%, las actividades alcanzadas por una alícuota menor o igual al 3%.
  • Un 10% adicional, para todas las actividades desarrolladas en los parques industriales
    de la Provincia de Río Negro.

Las disposiciones de la presente ley entran en vigencia desde el 09/12/2019 y son de aplicación a partir del 01/01/2020.