Código Fiscal. Ley Impositiva. Modificaciones. Régimen simplificado del impuesto al ejercicio de profesiones liberales.
Se establecen modificaciones al Código Fiscal y a la Ley Impositiva vigente. Entre las principales, destacamos las siguientes:
- Código Fiscal:
- Se establece la obligación de constituir el “Domicilio Fiscal Electrónico” como un medio valido para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza. Asimismo, en dicho domicilio se podrán practicar las notificaciones correspondientes.
- Se modifica la base imponible para el cálculo del Impuesto de Sellos en las operaciones relacionadas con inmuebles.
- Se crea el régimen simplificado para el pago del impuesto al ejercicio de profesiones liberales, al que solo podrán ingresar los contribuyentes locales del citado tributo que se encuentren adheridos al régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
- Ley Impositiva:
- Se amplían las categorías de contribuyentes del régimen simplificado del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, incrementando los topes de ingresos brutos anuales, las magnitudes físicas, la energía eléctrica consumida anualmente y el monto de los alquileres devengados anualmente, tanto para locaciones de servicios como para el resto de las actividades.
- Se fijan las categorías de contribuyentes para aquellos adheridos al régimen simplificado del impuesto al ejercicio de profesiones liberales.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 26/10/2016 y son de aplicación a partir del 10/11/2016.