Exportadores. Afectación de créditos aduaneros para la cancelación de deudas fiscales.
Se establece la incorporación de la aplicación denominada “Solicitud Disposición de Créditos Aduaneros” al modelo “Cuenta Corriente Aduanera” que permitirá a los exportadores utilizar los créditos en conceptos de beneficios a la exportación y/o los abonados en demasía por derechos de exportación de destinaciones de exportación anuladas o embarcadas con diferencias, para la cancelación de deudas de los recursos de seguridad social, impositivas y/o aduanera, liquidas y exigibles.
Adicionalmente, se dispone la devolución de los remanentes resultantes –luego de ser canceladas las deudas mencionadas precedentemente- mediante transferencia en la CBU declarada ante la AFIP.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde 22/12/2016 y son de aplicación en forma retroactiva a partir del 01/12/2016.