Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes. Pago en cuotas.
Se dispone la posibilidad de cancelación hasta en 10 cuotas mensuales, iguales y consecutivas del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, dependiendo del monto del impuesto a ingresar.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia desde el 06/10/2016 y son de aplicación a partir del 14/10/2016.