Impuesto de Sellos. Agentes de percepción. Establecimiento de los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor.
A través de la presente resolución, se decreta que los encargados de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios de todo el país, deberán actuar como agentes de percepción en el Impuesto de Sellos, en aquéllas operaciones efectuadas desde el 11/04/2016 con el nuevo “Sistema Unificado de Cálculo, Emisión y Recaudación de Patentes (SUCERP)”.
Asimismo, la norma dispone la forma de inscripción, liquidación del impuesto y proceder de los mencionados registros para actuar como agentes de percepción.
Además, se decreta que la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), tomando un papel de ente cooperador, pondrá a disposición de los mencionados registros la base de datos de titulares de dominio, e información sobre valuación y sistema de cálculo para liquidar el impuesto de sellos, y será la encargada de recaudar el impuesto obtenido.
Las disposiciones de la presente norma tienen vigencia y son de aplicación a partir del 11/04/2016.