Convenio Multilateral. Atribución de los gastos y comisiones bancarias. Suspensión de criterio.
Se suspende la aplicación de la Resolución General (CA) 7/2016 por medio de la cual se estableció que los gastos y comisiones bancarias eran atribuibles a la jurisdicción en que la cuenta estuviera abierta.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 27/05/2016 y son de aplicación para suspender el tratamiento atribuible a los gastos relacionados con las cuentas bancarias.