Ley impositiva 2016. Modificaciones.
Por medio de la presente ley, se introducen modificaciones a la Ley Impositiva 2012.
En este sentido, se establece, a partir del 01/01/2016, un incremento de alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos en función del total de ingresos obtenidos en el período fiscal 2014 por el desarrollo de cualquier actividad dentro o fuera de la Provincia. A continuación, detallamos la siguiente escala:
- Incremento del 0,5% de la alícuota del impuesto, para el total de ingresos comprendidos entre la suma de $250.000.000 y $500.000.000.
- Incremento del 0,75% de la alícuota del impuesto, para el total de ingresos comprendidos entre la suma de $500.000.001 y $1.000.000.000.
- Incremento del 1% de la alícuota del impuesto, para el total de ingresos que superen la suma de $1.000.000.000.
En el mismo orden, cuando se trate de contribuyentes que hayan iniciado actividades con posterioridad al 01/01/2015, quedarán comprendidos en el mismo tratamiento a partir del primer día del tercer mes de operaciones, siempre que el total de los ingresos obtenidos durante los dos primeros meses superen la suma de $40.000.000, $80.000.000 y $160.000.000 respectivamente, para cada una de alícuotas incrementadas antes mencionadas.
Las disposiciones de la presente Ley tienen vigencia a partir del 07/01/2016 y son de aplicación desde el 01/01/2016.