Córdoba Ley (Poder Legislativo) 10250 – B.O.

Ley Impositiva 2015. Modificaciones.

 

Se establecen las alícuotas, cuotas fijas y demás valores, aplicables al período fiscal 2015, para todos los impuestos a cargo de la Provincia de Córdoba.

Entre las modificaciones, destacamos las siguientes:

  • Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.
      • Se establece que la actividad de mera compra relacionada con la actividad primaria, estará alcanzada por una alícuota del 1%.
      • Se eleva del 7,5% al 8,5% la alícuota de préstamo de dinero, descuento de documentos de terceros y demás operaciones efectuadas por las entidades financieras. En cambio, cuando dichas operaciones son realizadas por entidades no financieras, la alícuota se incrementa del 8% al 8,5%.
      • Se eleva de $ 2.340.000 a $ 3.042.000, el límite de la sumatoria de bases imponibles atribuibles a la totalidad de actividades desarrolladas, cualquiera sea la jurisdicción en la que se lleven a cabo, para aplicar una reducción del 30% sobre la alícuota general y las alícuotas aplicables a la actividad de industria, construcción, comercio al por mayor, comercio al por menor, transporte, servicios, entre otras.
      • Se establece que, en el caso de contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles del período fiscal anterior no supere la suma de $ 6.084.000, la alícuota aplicable, para las actividades encuadradas bajo los títulos de alimentos y bebidas, indumentaria, artículos de librería, ferretería, restaurantes y hoteles, será del 2,8%. Anteriormente dicho tope era de $ 4.680.000.
      • Se eleva de $ 8.750.000 a $ 11.375.000, el monto de la sumatoria de bases imponibles del período fiscal anterior, a partir del cual se aplicarán alícuotas incrementadas para las actividades de comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios, locación de bienes inmuebles, entre otras.

 

  • Impuesto de Sellos.
      • Se eleva al 1,5% la alícuota aplicable sobre las liquidaciones periódicas que las entidades emisoras produzcan conforme a la utilización que cada usuario de tarjeta de crédito o de compas hubiere efectuado. Cabe mencionar que hasta el 31/12/2014 se aplicaba la alícuota del 1%.

La presente Ley tiene vigencia desde el 19/12/2014 y es de aplicación a partir del 01/01/2015.