Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Percepción. Incorporación a la nómina de sujetos pasibles de percepción.
Se incorpora a la nómina de sujetos pasibles de percepción, que han de consultar los agentes de recaudación para practicar la percepción del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a aquellos contribuyentes que encontrándose comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede fuera de la Provincia de Tucumán, no la conforman por falta de cumplimiento del deber de presentación de declaraciones juradas. Para dichos contribuyentes, se establece el coeficiente 1.
Asimismo, respecto a los contribuyentes que conforman la nómina, se procederá a identificar a aquellos sobre los cuales opera la exclusión en el impuesto.
La presente Resolución tiene vigencia desde el 19/12/2014.