Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Pago a cuenta de los anticipos. Impuesto de Sellos. Inversiones en maquinarias e instalaciones.
Los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, que en el último año calendario, hayan tenido ingresos brutos totales que no excedan la suma de $ 50.000.000 y que no posean incumplimientos sustanciales y formales, podrán adherirse en forma automática al régimen del pago a cuenta de anticipos, establecido por la Resolución General 56/2007.
Por otro lado, se exime del Impuesto de Sellos los actos, contratos y operaciones con motivo del otorgamiento de créditos y préstamos, incluyendo sus garantías otorgadas por entidades financieras, con sucursal en territorio de Misiones que se constituyan con destinos a inversiones en maquinarias e instalaciones, para ser utilizadas o instaladas en las actividades primarias e industriales a desarrollarse en la Provincia de Misiones.
Cuando se trate de bienes registrables, para gozar del beneficio, el mismo debe ser registrado en la Provincia de Misiones.
La presente resolución tiene vigencia desde el 13/11/2014 y es de aplicación a partir del 14/11/2014, salvo para el régimen de pago a cuenta que será de aplicación a partir del 01/12/2014.