Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Incorporación de conceptos excluidos.
Se establece que se encuentran excluidos del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias, los importes que se acrediten como consecuencia de operaciones sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Municipalidades, como así también aquellos que correspondan a las rentas producidas por los mismos y/o a los ajustes de estabilización o corrección monetaria.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 15/10/2014.