Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes locales y de Convenio Multilateral. Declaración Jurada Anual. Presentación electrónica. Obligatoriedad.
Se establece que los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, tanto los inscriptos en la categoría Locales como también aquellos que liquidan bajo el régimen del Convenio Multilateral, deberán presentar la declaración jurada anual en forma electrónica a través de la aplicación que se encuentra en la página web www.agip.gob.ar (ingresando con Clave Fiscal) o mediante el aplicativo domiciliario Si.Fe.Re, según corresponda, siendo esta modalidad la única habilitada para dar cumplimiento a dicha presentación, prescindiendo de la utilización del soporte papel.
A su vez, se recuerda que aquellos contribuyentes que se encuentren organizados jurídicamente como sociedades regulares deberán legalizar la correspondiente declaración jurada anual con la intervención de un profesional en Ciencias Económicas a fin de garantizar su autoría profesional y la inalterabilidad de la información contenida en la misma, presentándola ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación desde el 25 de Julio de 2014.