Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Incorporación de la modalidad quincenal para la presentación de las Declaraciones Juradas de los agentes de retención y percepción incluidos en el SIRCAR.
Se incorpora la modalidad quincenal para la presentación y pago de las Declaraciones Juradas de Percepciones y Retenciones del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a los Agentes incorporados en el Sistema SIRCAR.
Esta modalidad será de aplicación para aquellas jurisdicciones que lo dispongan y comuniquen formalmente a la Comisión Arbitral. Caso contrario, se mantendrá la modalidad mensual.
En el sitio web www.sircar.gov.ar, a través del menú información, estará disponible el listado actualizado con la opción elegida por cada jurisdicción.
La presente resolución posee vigencia a partir del 26/6/2014 y es de aplicación para la presentación de las declaraciones juradas a partir del 1/7/204.