Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes directos. Período fiscal 2014. Fechas de vencimiento. Pago a cuenta retenciones y percepciones. Modificaciones.
Se modifican las fechas de vencimiento dispuestas en el Calendario fiscal 2014 para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso de los importes adeudados por parte de los contribuyentes directos del impuesto sobre los ingresos brutos.
Se sustituye el método de imputación de las retenciones y percepciones:
- Anteriormente se podían computar a cuenta de la obligación fiscal, al vencimiento de la misma, las retenciones o percepciones sufridas en los 2 meses anteriores, y hasta el último día del mes anterior al del citado vencimiento.
- A partir de la presente Resolución Normativa, al vencimiento de la obligación fiscal podrán computarse, a cuenta de la misma, aquellas retenciones o percepciones sufridas en el mes correspondiente al anticipo mensual declarado y en el mes inmediato anterior.
Las citadas modificaciones vinculadas a la imputación de las retenciones y/o percepciones resultarán de aplicación para aquellas sufridas a partir del 1/05/2014.