Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Sellos. Régimen de regularización de deudas en proceso de fiscalización, determinación o discusión en sede administrativa.
Se establece, hasta el 30 de abril de 2015, un régimen para la regularización de deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que se encuentren en proceso de fiscalización, determinación o discusión administrativa.
Cabe destacar, que podrán regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos mencionados, vencidas o devengadas hasta el 31 de diciembre de 2014.
Es importante destacar que se puede regularizar la deuda sin allanamiento. Es decir, que en caso de regularización del importe total de la pretensión fiscal, podrá continuarse el proceso de discusión o determinación administrativa en curso, no implicando el acogimiento al plan de pagos un allanamiento por parte del contribuyente. Sin embargo, el contribuyente también podrá allanarse total o parcialmente a los conceptos o montos liquidados o determinados.
Para acogerse al presente régimen, los sujetos deberán solicitarlo en forma presencial en las oficinas de Rentas de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).
Respecto a la forma de pago, la misma podrá realizarse al contado o hasta en 48 cuotas mensuales y consecutivas. En cada caso, se establecen bonificaciones e intereses los cuales como máximo pueden llegar ser de una bonificación del 50% y con un interés de hasta 2,5% mensual.
El importe de cada cuota no podrá ser inferior a $ 500.
Por otro lado, se establece una modalidad de pago especial de hasta en 96 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación alguna. Cada cuota devengará un interés de financiación del 3,5% mensual sobre saldo, y cada cuota no podrá ser inferior a $ 10.000.
La presente resolución tiene vigencia y es de aplicación a partir del 09/03/2015.