Procedimiento. Fútbol Profesional. Prohibición de transferir los derechos económicos de los jugadores profesionales a los representantes.
Se establece que los contratos celebrados a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador profesional involucrado, prohibiendo conceder a los representantes el derecho de participar del valor de futuros fichajes.
La presente resolución tiene vigencia desde el 20/02/2015 y es de aplicación a partir del 01/05/2015.