Régimen de facilidades de pago. Ley (Chaco) 6889. Reglamentación.
Debido a la ampliación de las deudas comprendidas y el nuevo período de acogimiento, se adecua la reglamentación del régimen de facilidades de pago dispuesto por la Ley (Chaco) 6889.
A continuación mencionamos las disposiciones más relevantes de la norma:
- La fecha de vencimiento para acogerse al plan de facilidades de pago opera el 31 de marzo del 2014.
- Podrán incluirse en el plan de facilidades las siguientes obligaciones impositivas omitidas:
-
- Impuesto sobre los ingresos brutos y adicional 10%: Deudas por anticipos mensuales, bimestrales o por declaración jurada anual y por retenciones y/o percepciones, relacionados con períodos fiscales omitidos comprendidos al 30 de septiembre del 2013.
- Impuesto de sellos: Por actos, contratos y operaciones formalizados hasta el 30 de septiembre del 2013.
- Fondo para Salud Pública: Deudas por períodos fiscales comprendidos hasta el 30 de septiembre del 2013.
- Aporte Solidario ley 4256: Deudas por períodos fiscales comprendidos hasta el 31 de diciembre de 1997, en concepto de contribuciones y aportes.
- Impuesto Inmobiliario: Deudas por los períodos fiscales comprendidos hasta el 31 de diciembre del 2013.
- Planes de facilidades de pago vigentes o caducos otorgados con anterioridad al presente régimen por saldos adeudados por períodos fiscales comprendidos hasta el 30 de septiembre del 2013.
- Otras deudas no especificadas en los incisos precedentes que comprendan o estén supeditadas a obligaciones, por períodos fiscales hasta el 30 de septiembre del 2013.
-
- Para acogerse al plan de facilidades de pago, deberá ingresarse la primera cuota. La misma resultará de dividir la deuda total consolidada por el número de cuotas que se solicite y deberá ingresarse (utilizando el Formulario AT 3124) dentro de las 48 hs de enviado el plan vía web.