Impuesto a las Ganancias. Régimen de percepción sobre operaciones de exportación definitiva para consumo.

 

Se establece un régimen de percepción en el impuesto a las ganancias aplicable a las operaciones de exportación definitiva para consumo que efectúen contribuyentes y/o responsables, respecto de las cuales la AFIP verifique que los países de destino físico de la mercadería difieren de los países o jurisdicciones donde se encuentran domiciliados los sujetos del exterior a quienes se le facturaron dichas operaciones de exportación.

A continuación mencionamos las disposiciones más relevantes de la norma:

  • La Dirección General de Aduanas será el agente de percepción del presente régimen, debiendo practicar la percepción al momento de la liquidación de los tributos aduaneros.
  • El importe a percibir se calculará por cada operación de exportación, aplicando la alícuota de 0,50% sobre el valor imponible definido para la liquidación de los tributos aduaneros.
  • Cuando las facturas de exportación se emitan a nombre de sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, dominios, jurisdicciones, territorios y Estados asociados no cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, la alícuota aplicable será del 2%.
  • El importe de la percepción tendrá para los responsables inscriptos el carácter de impuesto ingresado y en tal concepto será computado en la declaración jurada del período fiscal correspondiente.
  • Las solicitudes de reintegro del IVA realizadas en el marco de la resolución general 2000, que se interpongan por operaciones de exportación alcanzadas por el presente régimen, serán tramitadas a través de la modalidad de reintegro sujeto a fiscalización.
  • Los contribuyentes alcanzados por el régimen establecido por esta resolución no podrán exponer el certificado de exclusión previsto en la resolución general 830 a los fines de quedar exceptuados de la percepción que corresponda.

Las disposiciones establecidas en la presente resolución tienen vigencia y son de aplicación a partir de 7 de Enero del 2014.