Procedimiento. Cálculo de la base imponible. Moneda extranjera. Tipo de cambio.
A través de la citada resolución, se establece que se deberá aplicar el tipo de cambio vendedor establecido por el BNA del día anterior al de producido el hecho imponible, para el cálculo de la base imponible de los hechos imponibles de los impuestos y tasas que determina la Agencia de Recaudación Tributaria en moneda extranjera.