Ingresos Brutos. Bonificación del 10% en las alícuotas del impuesto. Requisitos. Modificación D (Misiones) 803/2000.
Por medio de la presente se establece que además de cumplir con los requisitos estipulados en el decreto (Misiones) 803/2000 para obtener la bonificación del 10% en las alícuotas del ISIB para el ingreso de los anticipos, se deberá solicitar la extensión del “Certificado de Libre Deuda del Impuesto Inmobiliario Básico, ISIB, Impuesto Provincial al Automotor, Impuesto de Sellos, Tasa Forestal y Agentes de Recaudación – responsable por deuda ajena” al 31 de Diciembre del año inmediato anterior.
Dicha solicitud deberá ser realizada por los Contribuyentes y/o Responsables o sus Apoderados, debiendo concurrir a la DGR y presentar el Formulario SR-363.
La presente será aplicable a partir de la posición de Febrero de 2012, con vencimiento en Marzo 2012.