Beneficios Impositivos. Régimen de promoción y desarrollo industrial. Implementación.
Mediante la presente Ley, se instrumenta un régimen de promoción y desarrollo industrial, para las personas físicas y jurídicas que desarrollen actividad Industrial, organizadas bajo la forma de empresas; radicados en la provincia de Entre Ríos.
Los sujetos indicados, deberán estar radicados en la Provincia de Entre Ríos e inscribirse en el Registro Único Industrial de la Provincia. Además, no deberán registrar deudas de carácter fiscal, social o administrativa con el Estado Provincial.
Por otro lado para poder acceder al beneficio en cuestión se deberá ampliar como mínimo un 15% la capacidad operativa.
Entre los principales beneficios se pueden detallar:
- Exenciones totales o parciales en los impuestos provinciales y municipales, por un plazo de hasta 15 años-.
- En caso de establecimientos industriales que se radiquen en parques o áreas industriales podrán contar con una ampliación de 5 años en los beneficios mencionados.
- Preferencia en licitaciones y las compras del Estado Provincial.
- Exención o diferimiento sobre tasas y derechos que cada Municipio establezca.
- Descuentos en las prestaciones de servicio de Energía.
- Asistencia en la gestión de los Recursos Humanos.
La citada Ley entra en vigencia el 10 de Abril de 2013 y es de aplicación a partir del 24 de Abril de 2013.