Sujetos que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Adecuación para el cálculo de coeficientes para la distribución de ingresos y gastos.
Por medio de la citada resolución general, se establece que los sujetos comprendidos en Convenio Multilateral y que realicen sus estados contables aplicando las NIIF, deberán realizar el cálculo de los coeficientes para la distribución de ingresos y gastos entre las jurisdicciones, de acuerdo a los estados contables confeccionados sin la aplicación de las NIIF.
La disposición de la mencionada resolución general comienza a aplicarse a partir del 14/04/13.