Régimen de facilidades de pago de obligaciones impositivas. Requisitos. Plazos.
Mediante la presente Ley se prorroga el régimen para acogerse a planes facilidades de pago dentro del ámbito de la Provincia de Chaco.
El régimen comprende a todas las obligaciones impositivas omitidas por períodos fiscales hasta el 31/12/2012, incluyendo tanto multas firmes como también las obligaciones que formen parte de otro régimen de moratoria.
Es de aplicación para contribuyentes locales y los sujetos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral.
El período incluido dentro del beneficio puede ser ampliado mediante resolución emitida por la Administración Tributaria Provincial.
El acogimiento puede formalizarse hasta el 31 de mayo de 2013, vía web. En ese momento se debe consolidar la deuda con más intereses resarcitorios, y abonar el 5% de la deuda consolidada en concepto de anticipo. Asimismo, es requisito tener regularizada las posiciones mensuales posteriores al último período fiscal que la ley permite incluir y hasta el mes anterior a la fecha de acogimiento al presente régimen.
Las disposiciones de la presente Ley tienen vigencia desde el 10/04/2013 y son de aplicación a partir del 11/04/2013.