Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Suspensión de comunicación formal vía Internet de cese de actividades dentro de los 90 días corridos contados desde el último ingreso gravado.
A través de la presente resolución, se prorroga por 4 meses contados a partir del 1 de Enero de 2013, la obligación de los contribuyentes locales y los agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos de comunicar formalmente (por medio del sistema informático ‘’Solicitud de cese total de actividad/es por Internet’’) el cese de las actividades ejercidas en la Provincia de Santa Fe.
Cabe recordar que dicho sistema se encuentra disponible en la sitio Web www.santafe.gov.ar/tramites – Temas: Impuestos – Subtemas: Ingresos Brutos – Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Cese de actividades.
Las disposiciones de la presente resolución tienen vigencia desde el 9 de Enero de 2013, siendo de aplicación a partir del 1 de Enero de 2013.