Código Fiscal. Modificaciones.
Por medio de la presente se publican las modificaciones realizadas al Código Fiscal de la provincia de Córdoba, entre las cuales podemos destacar las siguientes:
En cuento al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se establece cual será la base imponible para las operaciones de intermediación de granos en estado natural no destinados a la siembra. Además se incorpora como índices justificativos de incobrabilidad para las deducciones de créditos incobrables a los saldos a cobrar de escasa significación que no resulta económicamente conveniente ser cobrado judicialmente.
Se incorporan nuevas deducciones de ingresos brutos, como por ejemplo los importes abonados por los agentes de carga internacional y en la comercialización de mediacmentos para uso humano; entre otros.
Siguiendo con el impuesto sobre los Ingresos Brutos, otra de las modificaciones incluidas en el Código Fiscal de la Provincia de Córdoba es la exención de los ingresos derivados de determinadas actividades, de colegios, consejos profesionales y asociaciones profesionales con personería gremial.
Por último, destacamos que, en lo que respecta a los Impuestos de Sellos, no se encuentran exentas las facturas y/o liquidaciones y/o documentos equivalentes que se emitan y/o entreguen en operaciones de comercialización de granos no destinados a la siembra.
Asimismo, se introducen modificaciones a la normativa vigente respecto a la competencia de los juzgados civiles y comerciales.