Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Riesgo fiscal. Perfil de alto riesgo. Incorporación.
Mediante la presente resolución, se establece que serán considerados contribuyentes de alto riesgo fiscal, aquellos Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que:
- Habiendo presentado la declaración jurada en carácter de Agente de Recaudación, su contenido presente inconsistencias tales como informar bajo un único CUIT genérico a diferentes sujetos pasivos que hubieran sido objeto de retenciones o percepciones, alícuotas inferiores a las establecidas en los regímenes vigentes, y/o cualquier otra situación que cause perjuicio a los sujetos pasivos de los mismos.
- No hubieran dado cumplimiento a los requerimientos de información en el plazo establecido por la AGIP.
- Hubieran omitido aplicar algún régimen de recaudación previsto por la normativa vigente sin la debida justificación.
La presente resolución regirá a partir del 06/12/2010.