Procedimiento Fiscal. Operaciones de compraventa de materiales a reciclar. Registro de comercializadores. Régimen de retención de IVA y ganancias. Se redefine la incorporación de materiales textiles a partir del 01/12/2010.
A través de la presente resolución general, la AFIP aclara que las disposiciones de la resolución general (A.F.I.P.) 2849 respecto de los regímenes de retención de IVA y ganancias, el régimen de información y otras disposiciones resultan de aplicación para las operaciones de compraventa de “textiles” a reciclar provenientes de residuos de cualquier origen -posconsumo o posindustrial, incluyendo insumos reutilizables obtenidos de la transformación de los mismos-, y sus respectivos pagos, que se efectúen a partir del 01/12/2010, inclusive.
Asimismo, recordamos que, originariamente, la aplicación comentada se había establecido a partir del 01/11/2010, inclusive.