Recursos de la Seguridad Social. Aprobación y vigencia de nueva versión del programa aplicativo SICOSS.
Por medio de la presente, se aprueba la versión 35 del aplicativo Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS y se modifican las “Tablas de Actividad”
Entre las principales modificaciones, podemos destacar la eliminación de la posibilidad de compensación de las asignaciones familiares correspondientes a “licencia por maternidad” o “maternidad down”.
Asimismo, se habilita la declaración de trabajadores que se hubiera suscripto a convenios de corresponsabilidad gremial.
A su vez, el nuevo aplicativo efectúa validaciones sobre los montos mínimos y máximos de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de seguridad social
Cabe señalar, que han sido asignados los códigos de actividad 09 y 110 para identificar a los trabajadores comprendidos en el Régimen Diferencial de Luz y Fuerza que hayan transferido sus sistemas provisionales al Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA).
Asimismo, la nueva versión del aplicativo incorpora nuevos códigos en la tabla correspondiente a Obras Sociales.
Dichas disposiciones entrarán en vigencia a partir del 1 de Diciembre de 2011 inclusive, siendo de aplicación para la generación de declaraciones juradas F.931 correspondientes al mes devengado durante Noviembre de 2011 y subsiguientes.
No obstante, las modificaciones introducidas también resultarán de aplicación para las nuevas declaraciones juradas efectuadas a partir de su fecha de entrada en vigencia y que correspondieran a periodos anteriores.
Por ultimo, los empleadores podrán continuar utilizando la versión 34 del aplicativo hasta el último día del mes siguiente al de publicación de la presente, excepto si se encontrara encuadrado en alguno de los siguientes supuestos:
- Empleadores que hubieran celebrado convenios de responsabilidad gremial y cuenten con la pertinente resolución de la autoridad de aplicación.
- Provincias adheridas al Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) que tengan personal comprendido en las resoluciones 268/2009 y 824/2009 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.