Ingreso de Información y liquidación del Impuesto de Sellos.
Por medio de la presente, se dispone que para el ingreso de la información y la liquidación del Impuesto de Sellos correspondiente a actos e instrumentos alcanzados por dicho tributo, en los casos en los que se hubieran celebrado sin la intervención de un agente de recaudación, los responsables deberán usar el aplicativo disponible en el sitio Web de AGIP.
Asimismo, se recuerda que el impuesto deberá ingresarse dentro de los 15 días corridos de la celebración del acto o contrato, y para ello deberán contar con “Clave Ciudad”.