Resolución General (AFIP) 3167/2011 – B.O.

Nueva versión del programa aplicativo. Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

 

Por medio de la presente, se establece que, a los fines de determinar e ingresar el importe correspondiente al impuesto a la ganancia mínima presunta, se deberá utilizar el nuevo programa aplicativo, denominado “Ganancia Mínima Presunta – Versión 9.0”.

Entre las modificaciones que se incluyen respecto al programa aplicativo anterior, podemos destacar:

  • En la pantalla “Datos de Identificación”, se solicita informar:
      1. Si es el primer ejercicio fiscal.
      2. En caso de existir, CUIT de la empresa Antecesora y/o Absorbente
      3. En caso de existir, CUIT de la empresa Continuadora.
  • En la pantalla “Impuesto Determinado”, se incorporan:
      1. Tabla para informar la procedencia del pago a cuenta de reorganización de sociedad.
      2. Tabla para informar el detalle de los pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
      3. Anticipos cancelados con cómputo de Bonos o Certificados Fiscales.
      4. Saldo a Favor del contribuyente por anticipos cancelados con bonos o certificados fiscales.
  • En el formulario F.715 se incorporan los siguientes campos:
      1. Empresa Antecesora y/o absorbente: SI o NO
      2. Empresa Continuadora: SI o NO
      3. Anticipos cancelados con cómputo de Bonos o Certificados Fiscales.
      4. Saldo a Favor del contribuyente por anticipos cancelados con bonos o certificados fiscales.