Sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales, asociaciones civiles y fundaciones. Obligatoriedad de presentar una declaración jurada de actualización de datos. Etapas y Plazos.
A través de la presente, se modifica para las sociedades comerciales, el procedimiento establecido por la R.G. (I.G.J.) 1/2010 a fin de presentar la declaración jurada obligatoria de actualización de datos.
Se establece el siguiente procedimiento:
- Desde el lunes 4 de Octubre hasta el viernes 17 de Diciembre del corriente año, las sociedades comerciales deberán confeccionar y enviar via web el aplicativo “Declaración Jurada Resolución 1/2010”.
- A partir del lunes 7 de Febrero de 2011 las entidades mencionadas deberán solicitar on line un turno para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada ante la I.G.J.
Cebe aclarar que todo lo relativo al aplicativo como la solicitud del turno deberá realizarse únicamente desde la web oficial del organismo (www.jus.gov.ar/igj).
Recordamos que la mencionada Resolución determinó la obligación de presentación de una declaración jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales como así también para las asociaciones civiles y fundaciones, en los plazos y condiciones establecidos.