Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen general de percepciones. Contribuyentes dedicados al expendio al público de combustibles derivados del petróleo. Excepción.
Se aplica una excepción para ciertos sujetos para actuar como agentes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos según lo dispuesto por resolución general (API Santa Fe) 15/1997.
Quedan exceptuados de actuar como agentes de percepción:
- Los responsables -comprendidos o no en las normas del Convenio Multilateral- cuyos ingresos brutos atribuibles a la Provincia de Santa Fe en el año calendario inmediato anterior y excluido el impuesto al valor agregado, no superen la suma de $ 4.000.000.
- Los contribuyentes -comprendidos o no en las normas del Convenio Multilateral- dedicados al expendio al público de combustibles derivados del petróleo.