Provincia de Río Negro. Resolución (D.G.R. Río Negro) 15/2010 – B.O.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Reducción de importes mínimos mensuales. Período fiscal 2010.

 

Se establecen reducciones en los importes mínimos a tributar en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos -R. (D.G.R. Río Negro) 123 y 1510/1990-, para aquellos contribuyentes que desarrollen las actividades incluidas en la Ley 4.479, en los siguientes porcentajes:

 

  • El 30% en el caso de actividades descriptas en los artículos 1, 2 y 4 de la ley impositiva anual, excepto el transporte terrestre de carga y pasajeros.
  • El 45% en el caso de actividades descriptas en el artículo 3 de la ley impositiva anual.
  • El 50% en los siguientes casos:
      • Actividad de transporte terrestre de carga y pasajeros.
      • Las ventas mayoristas de actividades comerciales que se encuentren, radiquen o desarrollen en los Parques Industriales de la Provincia de Río Negro.
      • La actividad de construcción que se encuentre, radique o desarrolle en los Parques Industriales de la Provincia de Río Negro.
  • El sesenta y cinco por ciento (65%) en el caso de actividades industriales que se encuentren, radiquen o desarrollen en los Parques Industriales de la Provincia de Río Negro.