Impuestos Internos. Champañas. Suspensión de la aplicación del impuesto.
Por medio del presente Decreto se prorroga desde el 02/02/2010 hasta el 01/02/2012 la no aplicación del Impuesto Interno por el expendio de champañas -dispuesta por el Decreto 58/2005-.
Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 01/02/2010.