Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Resolución (A.G.I.P.) 8/2010 – B.O.

Impuesto de Sellos. Instrumentos y actos relativos a la transferencia de dominio de vehículos usados. Normas interpretativas y de cumplimiento.

 

A través de la presente Resolución se establecen las normas interpretativas y de cumplimiento de las obligaciones relativas al Impuesto de Sellos por la transferencia de dominio de vehículos usados, según las modificaciones recientemente introducidas al Código Fiscal, entre las cuales destacamos:

  • La base imponible estará constituida por el monto de la operación, del acto o contrato convenido por las partes y declarado en el formulario RNPA “08” o por la valuación fiscal si ésta fuera mayor.

El impuesto será percibido por los encargados de los Registros Seccionales.

  • El citado impuesto deberá ingresarse dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del acto o contrato.

Se faculta a la Dirección General de Rentas a dictar las normas operativas correspondientes