Impuesto a las ganancias. Personas físicas. Régimen de anticipos. Adecuación de la base imponible.
Se establece el procedimiento opcional de ajuste de la base imponible para los anticipos del impuesto a las ganancias, período fiscal 2009, por parte de personas físicas y sucesiones indivisas por haberse eliminado la reducción de las deducciones personales – “Tablita de Machinea”-.
Los sujetos que opten por esta opción deberán recalcular la base para la liquidación de los anticipos sin tener en cuenta la reducción de las de las deducciones personales.
A fin de exteriorizar la nueva base de cálculo, los contribuyentes y/o responsables deberán informarlo mediante clave fiscal en la página Web de la A.F.I.P. (www.afip.gov.ar), opción “Reducción de anticipos”. Cabe destacar que al momento de informar la reducción de anticipos se debe tildar el campo “Ley 26.477”.