Beneficiarios del Régimen de incentivo fiscal para bienes de capital, informática y telecomunicaciones. Compromiso de no producir despidos de personal ni modificaciones en la plantilla laboral. Evaluación de circunstancias excepcionales.
Recordamos que mediante el Decreto 379/01, se creó un régimen de incentivos para las empresas productoras de bienes de capital, sus partes y accesorios, que cuenten con establecimientos industriales radicados en el Territorio Nacional.
Entre las condiciones de acceso al régimen se impone a los interesados en obtener los beneficios el compromiso de no producir despidos del personal, ni modificación de su plantilla laboral, ni suspensiones sin goce de haberes.
La norma en tratamiento establece que, en caso de que los beneficiarios manifestaren formalmente circunstancias excepcionales y objetivas que impidan en el futuro el cumplimiento del compromiso establecido en el párrafo anterior, podrán solicitar ante la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria un análisis del caso particular por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y del Ministerio de Industria, los que evaluarán las razones que motivaron dicha circunstancia en el ámbito de sus respectivas competencias.
Complementariamente se establece que el incumplimiento del compromiso, que no se encontrare justificado de acuerdo al procedimiento mencionado en el párrafo precedente implicará la exclusión del beneficiario del Registro de Empresas Locales Fabricantes de Bienes incluidos en el régimen de incentivos.
En este caso el beneficiario deberá reintegrar, según corresponda:
- los bonos de Crédito Fiscal, en caso de no haberlos aplicado al pago de impuestos ni cedido a un tercero
- el importe del Crédito Fiscal con más los intereses correspondientes, en caso de que éste hubiere sido cedido a un tercero
- el importe total o parcial según corresponda, con más los intereses correspondientes, del Crédito Fiscal que hubiere sido aplicado por parte del beneficiario al cumplimiento de sus obligaciones impositivas.